Como cada verano, desde el departamento de prevención de riesgos laborales y salud hemos implementado diferentes medidas rigurosas, adaptativas y basadas en la evidencia ante el incremento severo de las temperaturas durante el periodo estival.
Somos conscientes que el impacto del estrés térmico por calor y la exposición prolongada a la radiación solar son riesgos laborales críticos integrados dentro de nuestro sistema de gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo, certificado conforme a la norma ISO 45001.
Entre las medidas más importantes que hemos tomado, destacamos:
1. Monitorización meteorológica y comunicación operativa contínua.
El control del riesgo térmico requiere de una metodología tanto predictiva como reactiva. Durante el periodo estival, el Departamento de Prevención de Riesgos Laborales (PRL) ha realizado un seguimiento diario de las previsiones y avisos meteorológicos emitidos por la Agencia Estatal de Meteorología (AEMET).
A partir de esta monitorización, se ha emitido una comunicación técnica diaria a toda la estructura organizativa de la empresa, incluyendo Jefes de Obra, Encargados, Recursos Preventivos y Delegados de Prevención. En esta comunicación se informa de la situación meteorológica y del nivel de alerta previsto en cada zona geográfica, recordando paralelamente los protocolos de actuación y las medidas preventivas a implantar.
2. Evaluación y planificación de tajos por nivel de riesgo.
En cada obra en marcha se han evaluado de forma continuada las condiciones termohigrométricas previstas, el grado de exposición directa a la radiación solar, y la carga física o exigencia metabólica de los trabajos programados. En función del nivel de riesgo derivado de esta evaluación, se han organizado y adaptado las unidades de obra, especialmente en las franjas horarias de mayor radiación y temperatura.
Entre las medidas organizativas aplicadas de forma sistemática se incluyen la pauta reforzada de pausas y descansos, la rotación de tareas de alta exigencia física, la garantía de suministro continuo de agua fresca en los puestos de trabajo y la dotación de medidas de protección individual frente a la radiación ultravioleta.
3. Protocolo de actuación ante avisos naranja o rojo de AEMET
Ante la emisión de avisos de nivel naranja o rojo por temperaturas extremas, se procedió a la revisión específica y con carácter prioritario de los trabajos previstos en cada centro de trabajo.
En estas circunstancias, las medidas operativas contemplaron la modificación de los horarios de trabajo para evitar las horas centrales del día, la reducción de los tiempos de exposición, la reprogramación de actividades intensivas y, cuando resultó técnicamente necesario o legalmente exigible, la limitación o paralización de determinados trabajos a cielo abierto.
4. Infraestructura preventiva en obras de urbanización y obras expuestas.
En obras de urbanización y en aquellas intervenciones a cielo abierto con especial grado de exposición, hemos instalado carpas y estructuras de sombreado en los propios tajos de obra.
Estas zonas de sombra, situadas en la proximidad inmediata de los puestos de trabajo, facilitaron la realización de descansos periódicos de termorregulación y redujeron de manera efectiva la exposición directa a la radiación solar sin necesidad de grandes desplazamientos.
5. Control del riesgo de incendio forestal
Durante la época estival se realizó un seguimiento continuo del riesgo de incendio forestal, coordinado con las limitaciones administrativas dictadas por las autoridades autonómicas y locales.
GYOCIVIL trasladó a sus obras las restricciones operativas que afectaban a trabajos en caliente o susceptibles de generar focos de ignición. Esto incluyó la regulación o suspensión, según el nivel de riesgo, de actividades que requieran el uso de soldadura, radial, oxicorte, equipos de desbroce o cualquier otra maquinaria generadora de chispas o calor en entornos de interfaz urbano-forestal o próximos a masa vegetal.
Todas las actuaciones descritas forman parte de nuestro compromiso normativo y se fundamentan en las siguientes referencias legales y técnicas:
▪️Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales.
▪️Real Decreto 486/1997, de 14 de abril, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo.
▪️Real Decreto-ley 4/2023, de 11 de mayo, en lo relativo a la protección de los trabajadores frente a fenómenos meteorológicos adversos y temperaturas extremas en trabajos al aire libre.
▪️Criterios técnicos y guías de buenas prácticas del Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (INSST), del Instituto Valenciano de Seguridad y Salud en el Trabajo (INVASSAT) y del Ministerio de Sanidad.
▪️Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo según la norma internacional ISO 45001.
Con la aplicación rigurosa de estos procedimientos, GYOCIVIL reafirmó un verano más su compromiso con la prevención activa, protegiendo la salud y seguridad de todo su equipo humano durante los meses de mayor exigencia climática.